Has decidido trabajar por cuenta propia en España. Tienes el NIE, has encontrado casa, ya sabes más o menos a qué te vas a dedicar. Solo falta un paso: darte de alta como autónomo. Es el momento en que muchos se bloquean, no porque sea imposible, sino porque no saben por dónde empezar, qué modelos rellenar ni en qué orden moverse. Esta guía te explica exactamente cómo darte de alta como autónomo paso a paso, sin rodeos.

Antes de empezar: lo que necesitas tener ya en la mano
En Italia, para abrir una Partita IVA basta con ir a la Agencia Tributaria italiana —o hacerlo online— y listo. En España el proceso es similar en concepto, pero implica dos organismos distintos, y tienes que actuar en los dos: la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. No puedes hacer uno solo e ignorar el otro: son dos registros diferentes, ambos obligatorios.
Antes de empezar, asegúrate de tener:
- El NIE (Número de Identificación de Extranjero), imprescindible para cualquier trámite fiscal en España
- Una dirección española válida — no es obligatorio estar empadronado, pero ayuda
- Una cuenta bancaria española, porque la cuota mensual de la Seguridad Social se domicilia automáticamente
- Una idea clara de la actividad que vas a desarrollar, porque tendrás que indicar un código CNAE (el equivalente al código ATECO italiano)
Si todavía no tienes el NIE, ese es tu verdadero primer paso — todo lo demás viene después.
Primer paso: el alta en la Agencia Tributaria (Hacienda)
El primer registro se hace en la Agencia Tributaria, conocida popularmente como Hacienda. Es el equivalente a la Agenzia delle Entrate italiana. Aquí comunicas que comienzas una actividad económica por cuenta propia.
El modelo a presentar es el Modelo 037 (versión simplificada, adecuada para la mayoría de los trabajadores autónomos extranjeros) o el Modelo 036 (más completo, usado en casos particulares o cuando la situación es más compleja). Para empezar, en la gran mayoría de los casos el 037 es suficiente.
En este modelo indicas:
- Tus datos personales y el NIE
- La fecha de inicio de la actividad
- El tipo de actividad que vas a desarrollar, mediante el código IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas), que corresponde a tu categoría profesional
- El régimen de IVA que vas a aplicar — en general el régimen general, aunque depende de la actividad
Puedes presentar el modelo online a través del sitio de la Agencia Tributaria si tienes certificado digital o cl@ve PIN, o en persona en una oficina de Hacienda de tu ciudad. No hace falta cita previa para este trámite, aunque conviene verificar el funcionamiento de tu oficina local, porque los procedimientos pueden variar.
Segundo paso: el alta en la Seguridad Social (RETA)
Justo después —idealmente el mismo día o en muy pocos días— tienes que registrarte en la Seguridad Social como trabajador autónomo. El régimen se llama RETA, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, y es aquí donde nace tu obligación de cotizar mensualmente.
El modelo a rellenar es el TA.0521. Puedes presentarlo:
- Online a través del portal de la Seguridad Social, con certificado digital
- En persona en una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de tu ciudad
En este modelo indicas tu código CNAE (la actividad económica), la fecha de inicio y tu IBAN para el pago de la cuota mensual. Es en esta fase donde también eliges la base de cotización, de la que depende el importe que pagarás cada mes. El sistema español, a diferencia del italiano, prevé que la cuota se calcule en función de tus rendimientos previstos —y que pueda ajustarse a lo largo del año. Para entender cómo funciona este mecanismo, puedes leer nuestro artículo sobre cómo se calcula la cuota mensual.
Atención a un detalle que pocos tienen en cuenta: la fecha de alta en la Seguridad Social determina desde cuándo estás cubierto (sanidad, cotizaciones para la pensión, prestaciones por enfermedad). No esperes demasiado después de inscribirte en Hacienda.
El orden importa: primero Hacienda, luego Seguridad Social
La secuencia correcta es primero el Modelo 037 en la Agencia Tributaria, y después el TA.0521 en la Seguridad Social. En la práctica muchos gestores los tramitan casi a la vez, pero el orden lógico —y el que se exige en caso de inspección— es que estés ya registrado como actividad económica antes de registrar tu posición de cotización.
En estos años he visto a muchos italianos hacer lo contrario, o quedarse en el primer registro convencidos de haber terminado. El resultado: cuota sin pagar, cobertura sanitaria perdida, sorpresas a la hora de presentar la primera declaración. Son errores que cuestan caro y que se evitan fácilmente.
Qué pasa después del alta
Una vez completados los dos registros, eres oficialmente autónomo en España. Pero el trabajo burocrático no termina aquí —de hecho, acaba de empezar.
A partir de ese momento tendrás que:
- Emitir facturas con los datos correctos (incluido tu NIE y el régimen de IVA aplicado)
- Presentar las declaraciones periódicas de IVA —normalmente trimestrales, a través del Modelo 303
- Presentar la declaración anual de la renta (IRPF), que en España funciona con tipos progresivos por tramos, similar al IRPEF italiano pero con una estructura diferente
- Mantener la contabilidad al día según lo que prevea tu régimen fiscal
Si no tienes experiencia con el sistema fiscal español, confiar en un gestor es la opción más razonable, al menos durante el primer año. No es un gasto superfluo: es quien te evita presentar una declaración incorrecta o perder deducciones a las que tendrías derecho. Para entender cómo se compara el sistema del autónomo con la Partita IVA italiana, hay un artículo que te vendrá muy bien: las diferencias entre las dos formas de trabajo autónomo son más de las que imaginas.
¿Puedes hacerlo todo solo o conviene un gestor?
Técnicamente, el alta como autónomo puedes tramitarla tú mismo: los modelos son públicos, los portales online existen, los procedimientos están estandarizados. Si tienes soltura con la burocracia y tu español es suficiente para leer un formulario fiscal sin agobiarte, puedes hacerlo sin ayuda externa.
En la práctica, sin embargo, muchos italianos optan por un gestor desde el primer momento —y no solo por el idioma. El gestor conoce los detalles que cambian de una comunidad autónoma a otra, sabe qué régimen elegir según tu actividad, y puede aconsejarte sobre la base de cotización óptima desde el primer día. El coste por gestionar el alta suele ser contenido y se recupera fácilmente en tiempo y errores evitados.
Si en cambio quieres tener una visión completa antes de decidir cómo moverte, nuestra guía completa para hacerte autónomo en España reúne todo lo que necesitas saber antes de empezar.
Un detalle que pocos consideran: la fecha de efectos
Tanto la Agencia Tributaria como la Seguridad Social registran una fecha de inicio de actividad. Esa fecha no es automáticamente el día en que presentas los modelos: puedes —y en ciertos casos conviene— indicar una fecha retroactiva o futura, dentro de los límites que marca la normativa.
Ojo, sin embargo: la fecha de alta en la Seguridad Social es también la fecha desde la que empieza el cómputo de la cuota mensual. Si declaras una fecha demasiado anticipada respecto a cuando realmente empezaste a trabajar, podrías acabar pagando cotizaciones por un período en el que todavía no habías facturado nada. En este detalle, un gestor te dará el consejo más útil según tu situación concreta —no existe una respuesta universal.
El primer paso concreto que te recomiendo: reúne tu NIE, abre una cuenta bancaria española si todavía no la tienes, e identifica el código CNAE correspondiente a tu actividad en el sitio del INE (Instituto Nacional de Estadística). Con estas tres cosas en la mano, ya estás listo para sentarte delante de los modelos —o para reunirte con un gestor con algo sólido que mostrarle.